La oralidad en disputa frente al nuevo proceso penal
Organizaciones de derechos humanos rechazan el nuevo Código Procesal Penal por limitar la oralidad y advierten que la reforma puede debilitar garantías esenciales del sistema acusatorio. La preocupación alcanza a la publicidad de los juicios, la inmediación judicial y el derecho de las partes a controlar la prueba en audiencias abiertas.
Para el movimiento de derechos humanos, modificar las reglas procesales no es una cuestión meramente técnica. Cada cambio puede afectar el acceso a la justicia, la investigación de la violencia institucional y la posibilidad de que víctimas y familiares conozcan cómo se toman las decisiones que inciden en sus vidas. En ese marco, la coalición EMVyJ sostiene una mirada crítica sobre toda política que favorezca la impunidad.
Qué está en disputa
La oralidad permite que jueces, fiscales, defensores, querellas, víctimas y testigos participen en un mismo espacio público. Las declaraciones, los planteos y las respuestas se producen de manera directa, bajo control de las partes y con posibilidades concretas de contradicción. Cuando ese intercambio se reemplaza por presentaciones escritas o resoluciones basadas en expedientes, se reduce la transparencia del proceso.
El rechazo se concentra en las disposiciones que amplían el uso de mecanismos escritos, simplifican etapas o habilitan decisiones sin debate suficiente. Aunque esas herramientas pueden presentarse como vías para acelerar los expedientes, también pueden consolidar desigualdades entre quienes cuentan con recursos para litigar y quienes enfrentan el proceso desde una posición de vulnerabilidad.
La oralidad como garantía democrática
Un juicio oral no constituye una formalidad decorativa. La presencia directa ante el tribunal permite evaluar testimonios, observar contradicciones y discutir la incorporación de pruebas en tiempo real. También limita la distancia entre las instituciones judiciales y la sociedad, porque las decisiones deben sostenerse en audiencias que pueden ser observadas y examinadas.
En causas vinculadas con torturas, abusos policiales, persecución política o crímenes de lesa humanidad, esa dimensión adquiere un peso especial. La verdad judicial requiere confrontar versiones, reconstruir responsabilidades y evitar que los hechos queden encerrados en documentos difíciles de controlar. La experiencia del caso Julio López recuerda, además, que la protección de testigos y la continuidad de las investigaciones son obligaciones estatales permanentes.
Consecuencias para víctimas y defensas
La reducción de la oralidad puede afectar de manera desigual a quienes buscan justicia. Las víctimas pueden perder instancias para ser escuchadas, intervenir en el proceso y conocer los fundamentos de las decisiones. Las defensas, especialmente en casos donde intervienen personas detenidas o acusadas de delitos políticos y sociales, pueden enfrentar mayores obstáculos para cuestionar pruebas y medidas restrictivas.
También existe un riesgo institucional: que la prisión preventiva, los acuerdos y las resoluciones rápidas se conviertan en respuestas habituales antes de que se produzca un debate completo. La celeridad no debe confundirse con justicia. Un procedimiento veloz que limita la participación, la publicidad o la revisión de los actos procesales puede producir decisiones más opacas y difíciles de revertir.
| Garantía procesal | Riesgo de limitar la oralidad | Efecto esperado de su protección |
|---|---|---|
| Publicidad de las audiencias | Menor control social sobre jueces y fiscalías | Mayor transparencia |
| Inmediación | Decisiones basadas en registros indirectos | Evaluación directa de la prueba |
| Contradicción | Dificultad para cuestionar acusaciones | Defensa efectiva |
| Participación de víctimas | Exclusión de familiares y querellas | Reconocimiento y acceso a justicia |
| Revisión judicial | Resoluciones rápidas sin debate suficiente | Control de legalidad |
Una reforma que puede profundizar desigualdades
La tramitación escrita suele favorecer a quienes pueden sostener equipos jurídicos numerosos y dedicados durante largos períodos. Para personas detenidas, trabajadores perseguidos, integrantes de organizaciones sociales o comunidades afectadas por violencia estatal, el expediente puede convertirse en una barrera adicional. La información circula en un lenguaje especializado y las decisiones quedan alejadas de quienes padecen sus consecuencias.
Por eso, las críticas también se vinculan con la criminalización de la protesta y la persecución de referentes sociales. En esos casos, el proceso penal puede ser utilizado como mecanismo de desgaste, aun cuando no termine en una condena. Preservar audiencias públicas, defensa técnica y control ciudadano ayuda a impedir que la investigación penal funcione como castigo anticipado.
Criterios para una política judicial garantista
Una reforma procesal compatible con los derechos humanos debe establecer límites claros a las excepciones de la oralidad. Las herramientas de simplificación pueden existir, pero no deben imponerse sin consentimiento informado, control judicial estricto y posibilidad real de revisión. La eficiencia debe medirse por la calidad y legitimidad de las decisiones, no solo por la cantidad de expedientes cerrados.
También es indispensable asegurar recursos para defensorías públicas, protección de testigos, asistencia a víctimas y capacitación permanente de operadores judiciales. Los comunicados públicos de las organizaciones permiten seguir el debate y conocer los reclamos frente a reformas que pueden comprometer garantías constitucionales.
Garantías que deben preservarse
El debate legislativo y judicial debería considerar, como mínimo, estas prioridades:
- Mantener la oralidad como regla general y limitar las excepciones a situaciones justificadas.
- Asegurar audiencias públicas, accesibles y registradas de manera completa.
- Garantizar la participación efectiva de víctimas, querellas y defensas.
- Impedir que la prisión preventiva o los acuerdos sustituyan la investigación rigurosa.
- Reforzar el control sobre la actuación de las fuerzas de seguridad y del Ministerio Público.
La discusión sobre el Código Procesal Penal debe permanecer abierta a la sociedad y contar con la intervención de organismos de derechos humanos, sindicatos, movimientos sociales, especialistas y personas afectadas por el sistema penal. Defender la oralidad es defender la posibilidad de controlar al poder, exigir responsabilidades y evitar que la justicia se transforme en un trámite reservado para pocos.
Participar en las movilizaciones, difundir los pronunciamientos y acompañar a víctimas y familiares son formas concretas de sostener memoria, verdad y justicia frente a cualquier retroceso institucional.